NMX-ES-004-NORMEX-2010

Energía solar-evaluación térmica de sistemas solares para calentamiento de agua-método de prueba.

En vigor a partir del 11 de junio de 2010; estándar que establece el método de ensayo (prueba) para evaluar y comparar el comportamiento térmico de sistemas de calentamiento de agua solar, principalmente para uso doméstico hasta una capacidad máxima de 500 litros y hasta una temperatura máxima de 90°C como dominio de temperaturas de agua caliente.

ALCANCE

Asegurarse de que su producto es sujeto a certificación bajo la NMX-ES-004-NORMEX-2010.

Puede verificar el alcance de la NMX-ES-004-NORMEX-2010 clic aquí.

MODALIDADES DE CERTIFICACIÓN

  • Modalidad I (MI): Certificación con verificación y seguimiento, mediante pruebas periódicas. Vigencia de un año a partir de la emisión del certificado.

MUESTREO

Se programa conjuntamente con el Organismo de Certificación de Producto (OCP) la fecha, hora y personal asignado para realizar la visita de muestreo en el domicilio de la bodega o fábrica.

Para el día de la visita se requiere de:

  • 1 espécimen de pruebas del modelo, equipos completos (termotanque, base y colector) con sus respectivos accesorios (válvulas, mangueras, mallas, etc.), instructivo de instalación y garantía.
  • A decisión del solicitante, se puede contar con 1 equipo completo adicional para que quede bajo su resguardo como muestra testigo.

PRUEBAS DE LABORATORIO

  • Capacidad del tanque térmico de acuerdo al inciso 8.2.11 de la NOM-027-ENER/SCFI-2018.
  • Capacidad volumétrica del colector de acuerdo al inciso e) del anexo 1, formato A, sección II del estándar NMX-ES-001-NORMEX-2005.
  • Prueba hidrostática.
  • Ensayo choque térmico externo.
  • Ensayo choque térmico interno.
  • Ensayo de resistencia al impacto.
  • Evaluación térmica.

NOTA. La prueba de capacidad del tanque térmico es necesaria para la aplicación de la prueba de evaluación térmica y la prueba de capacidad volumétrica del colector es necesaria para determinar las especificaciones del inciso 1.7 del apéndice normativo 2.

El informe de pruebas tendrá vigencia de noventa días naturales a partir de la fecha de su emisión para efectos de la solicitud de certificación en el organismo de certificación para producto IDEREE.

Nuestro Laboratorio de Pruebas se encuentra acreditado y aprobado para llevar a cabo las pruebas en la NMX-ES-004-NORMEX-2010.

REQUISITOS DEL PRODUCTO

Es necesario ponerse en contacto con el organismo de certificación de producto (IDEREE), para que en todo momento se le oriente en el proceso de entrega de la siguiente documentación:

  • Informe de pruebas realizadas por un laboratorio acreditado.
  • Etiqueta de Evaluación térmica con base en el Apéndice Normativo 5 y a lo establecido en el inciso 8 de la norma.
  • Especificaciones técnicas (puede ser instructivo, manual de uso y/o instalación, folletos, catálogos).
  • Fotografías del (los) modelo(s).
  • Para el caso de familia de productos (más de un modelo), además de lo anterior debe entregar:
    • Una carta de declaración bajo protesta de decir verdad por medio de la cual el solicitante manifiesta que el producto que presenta al laboratorio para pruebas completas es representativo de la familia que se pretende certificar. Debe incluir el detalle de todos los modelos y marcas que forman parte de la familia. La carta deberá de ser en hoja membretada y contener el nombre y la firma del responsable de la solicitud. E indicar las diferencias entre los modelos a certificar.
    • Curvas de evaluación térmica en el periodo diurno y pérdidas nocturnas del calentador de agua solar de acuerdo con el inciso 7 de la norma NMX-ES-004-NORMEX-2010 y prueba de capacidad del tanque térmico de acuerdo con el inciso 8.2.11 de la NOM-027-ENER/SCFI-2018. Efectuadas por un laboratorio acreditado.

Criterios para la agrupación de familia:

  • Misma capacidad del tanque térmico.
  • Mismo tipo de tecnología del calentador de agua solar:
    1. Colectores solares planos.
    2. Autocontenidos.
    3. Colectores de tubos al vacío con o sin tubos de calor y con y sin superficies reflejantes.
    4. Colectores con concentradores tipo parabólico compuesto (CPC).
  • Mismo tipo de circulación.
    1. Circulación natural o termosifónicos;
    2. Circulación forzada.
  • Se permiten:
    1. Diferente área de apertura del colector solar.
    2. Cambios estéticos, gráficos y variaciones de color.
    3. Diferentes marcas, siempre y cuando, sean fabricadas por la misma planta productiva. (Aplican requisitos de línea de producción).

SEGUIMIENTO

Comprobación a la que están sujetos los productos certificados para asegurar si continúan cumpliendo o no con lo establecido en Estándar.

La muestra debe tomarse por el IDEREE en la fábrica, bodega o en el lugar que indique el titular del certificado dentro del territorio nacional:

  • 1 especimen de pruebas del modelo, equipo completo (termotanque, base y colector) con sus respectivos accesorios (válvulas, mangueras, mallas, etc.), instructivo de instalación y garantía.
  • 1 equipo completos adicional para que queden bajo su resguardo como muestra testigo.

Los productos seleccionados durante el muestreo para el seguimiento, se envían al Laboratorio de Pruebas:

  • Evaluación térmica
  • Capacidad
  • Prueba hidrostática
  • Ensayo de resistencia al impacto

En la modalidad MI, mediante pruebas periódicas al producto, el seguimiento debe realizarse al menos una vez al año.

Le pedimos ponerse en contacto en todo momento con nosotros para orientarlo en el proceso.